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Obligaciónes de radio y tv por redes sociales e Internet.


Debido al auge del comercio por Internet y mediante plataformas digitales, la autoridad hacendaría se vio en la necesidad de legislar en materia tributaria a quienes ya generan ingresos por estos medios.


Aun existen muchas lagunas en la ley en cuanto a la recaudación por las transacciones realizadas en esta modalidad. Uno de ellos es la publicidad que se vende a través de radio y televisión difundida por Internet, plataformas digitales y redes sociales.


Aunque no están legislados como tal, ya cuentan con obligaciones tributarias como el pago de ISR y traslado de IVA, esto por los conceptos de generación de ingresos a través de servicios de publicidad y difusión con fines comerciales y lucrativos.

Por lo que todos aquellos que aún creen que pueden generar ingresos utilizando el Internet sin pagar impuestos, deben regularizarse.


Eventualmente si o si deberán registrarse al RFC, ya que la práctica de venta de facturas ya tiene penas muy considerables. No les será posible pedirle al compadre que les haga el favor y les regale o venda una factura. Por lo que tarde o temprano deberán asumir las obligaciones y responsabilidades propias de esa actividad económica.

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